Convocatoria de Subvenciones destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores

10·06·2016

El objeto de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jóvenes emprendedores en el término municipal de Pamplona.

Se considera nueva actividad económica la que se ha dado de alta por primera vez en el IAE entre el 1de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016, ambos inclusive.

Quedan excluidas las empresas que procedan de un cambio de denominación, forma jurídica, ampliación de capital o de una modificación estructural de una empresa preexistente. También será causa de exclusión de subvención el haber ejercido la misma o similar actividad, por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BON. Si el solicitante es una persona jurídica o una sociedad, este requisito debe cumplirse por todos los partícipes o socios integrantes.

A efectos de esta convocatoria, no se considerarán nuevas actividades económicas las ampliaciones de actividad, es decir, las altas en un nuevo epígrafe de IAE, manteniendo la actividad inicial.

Condiciones y plazo de realización de las acciones/proyectos/conductas/actividades subvencionables:

La condición de beneficiario la obtendrán quienes, reuniendo los requisitos señalados, constituyan nuevas actividades económicas entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016 (ambos inclusive).

A estos efectos, la fecha de inicio de actividad se considerará la fecha de alta en el IAE.

Quedarán excluidas de esta subvención las actividades relacionadas con el juego, bares o similares. (Epígrafes IAE 673 y 969).

No se subvencionarán aquellas actividades económicas que ya hubieren percibido subvención en anteriores ediciones de esta convocatoria. Esta subvención solamente podrá percibirse en una ocasión, imposibilitando concurrir en futuras ediciones.

Cuantía individualizada máxima y criterios para su determinación:

Se establece una subvención de hasta el 70% del total de gastos realizados para la creación y puesta en marcha de la actividad, con un límite máximo de 1.500 euros de subvención, para personas físicas, sociedades civiles y sociedades irregulares sin personalidad jurídica, y de 2.000 euros de subvencion, para sociedades con personalidad jurídica.

Podrán solicitar la subvención:

I. Personas físicas que tengan entre 18 y 35 años (ambos incluidos) y constituyan una unidad económica.

II. Sociedades civiles, irregulares, colectivas o comanditarias simples, en que dos tercios de sus socios hayan cumplido los 18 años y no superen la edad de 35 años.

III. Sociedades mercantiles de capital, laborales y cooperativas en que al menos dos tercios del capital social deberá estar aportado por socios jóvenes de entre 18 y 35 años.

(*) En todos los casos, el requisito de la edad deberá cumplirse en la fecha de inicio de la actividad. A efectos de esta convocatoria, la fecha de alta en el IAE se considera como fecha de inicio de actividad.

IV. Deberán tener su domicilio fiscal y negocio en que se desarrolle la actividad económica objeto de subvención situado en el término municipal de Pamplona y acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como frente a la seguridad social.

V. Deberán haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Ayuntamiento de Pamplona dentro del plazo establecido en el apartado B.3), esto es, entre el 1 de octubre de 2015 y 30 de septiembre de 2016.

VI. Deberán contar con el Plan de empresa correspondiente.

 

 


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