El 26 de octubre de 2016, el Gobierno de Navarra aprueba el plan de lucha contra el fraude fiscal 2016-2019. Es el cuarto plan aprobado de una cadena que comenzó en 2003.

Adjuntamos documento pdf, para que usted pueda leer el resumen en que el que figuran las medidas aprobadas en dicho plan. 

 

plan_de_lucha_contra_el_fraude_fiscal.pdf

Sí, puedes seguir aplicando la deducción como hasta ahora (15% con límite de 7.000€)

  • Sí, con independencia del tipo de vivienda que sea, pero siempre y cuando se cumplan los siguientes límites:

    • Declaración de la renta ejercicio 2015: La suma de las bases liquidables no puede ser superior a 20.000€ (declaración individual) o 40.000€ (declaración conjunta)

    • Declaración de la renta ejercicio 2016: La suma de las bases no puede ser superior a 24.000€

Únicamente podrás aplicarla siempre y cuando adquieras una vivienda calificada como VPO, VPT y la suma de las bases no sea superior a 24.000€

  • Sí, el 15 por 100, con un máximo de 1.200 euros anuales, de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el sujeto pasivo por el alquiler de la vivienda que constituya su domicilio habitual, siempre que concurran los siguientes requisitos:

    • Que el sujeto pasivo no tenga rentas superiores, excluidas las exentas, a 30.000 euros.

    • Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de las rentas del periodo impositivo correspondientes al sujeto pasivo, excluidas las exentas.

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